rejects the last appeal that requested his suspension - Bundlezy

rejects the last appeal that requested his suspension

Álvaro García Ortiz se sentará en el banquillo el próximo 3 de noviembre como fiscal general del Estado. La Sala de apelaciones del Tribunal Supremo ha rechazado este miércoles el último recurso que buscaba apartarle cautelarmente del cargo antes del juicio por revelación de secretos que el enfrenta a una pena de hasta seis años de cárcel.

Lo había presentado la Asociación Profesional e Independiente de Fiscales después de que el instructor de la causa, Ángel Hurtado, lo rechazara apuntando a la existencia de un vacío legal y a la vez encomendando a la Inspección Fiscal a resolver lo que procediera al respecto. Desde la Fiscalía se rechazó incluso analizar la posibilidad de suspender temporalmente a García Ortiz alegando falta de competencia.

Los magistrados Julián Sánchez Melgar, Andrés Palomo y Eduardo de Porres se han pronunciado así al desestimar el recurso de apelación que presentó la Asociación Profesional e Independiente de Fiscales (APIF) –que ejerce la acusación popular en la causa– contra la negativa del instructor a su petición.

“Contundentes argumentos” del juez

En un auto, los tres firmantes sostienen que la decisión de Hurtado estaba “sustentada en contundentes argumentos jurídicos”. Así, coinciden en que la suspensión cautelar del fiscal general “constituye una potestad de naturaleza administrativa, reservada a los órganos directivos del Ministerio Fiscal”.

Prosecutor Álvaro García Ortiz and judge Ángel Hurtado. / EP

Para la Sala de Apelación, la intervención de un juez en este ámbito administrativo “carece de cobertura jurídica y comportaría una inaceptable invasión del ámbito competencial de un órgano constitucional autónomo” como la Fiscalía. Asimismo, los magistrados consideran que la medida solicitada por la asociación de fiscales “no satisface finalidad alguna instrumental respecto al proceso penal”.

La cuestión tal y como recuerda el Supremo, es que “ni el Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal ni la Ley de Enjuiciamiento Criminal contemplan una suspensión cautelar específica del excelentísimo señor fiscal general del Estado durante un proceso penal”.

Tal y como informó este diario, Hurtado insistió el pasado septiembre en que hay un “vacío legal” que le impide acordar la suspensión cautelar de García Ortiz porque la norma que regula la suspensión de los fiscales, el artículo 145.1 del Reglamento Orgánico del Ministerio Fiscal, no prevé que deba aplicarse al jefe del Ministerio Público. No obstante, el magistrado instructor apuntó a la disfunción de que pueda ser “él mismo”, García Ortiz, “quien resuelva su propia suspensión cautelar”.

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