The effectiveness of the CNI would be reduced and “risk zones” would be created in the State – Bundlezy

The effectiveness of the CNI would be reduced and “risk zones” would be created in the State

El Tribunal Supremo ha rechazado la pretensión de la Generalitat de que se obligara al Consejo de Ministros a desclasificar más documentos relacionados con el espionaje con el malware Pegasus sufrido por el expresidente catalán Pere Aragonès y que se investiga en el Juzgado de Instrucción número 29 de Barcelona. La Sala Tercera considera que las consecuencias de hacerlo “se proyectarían no solo sobre la reducción de la eficacia” del CNI, sino también sobre “la creación de zonas de riesgo que sitúan al Estado y a sus ciudadanos en una situación de innegable vulnerabilidad“.

En una sentencia, a la que ha tenido acceso EL PERIÓDICO, la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Supremo explica que “no resulta difícil comprender que la desclasificación instada, atendidas las circunstancias del caso y su profuso contenido, pondrían de manifiesto, haciendo evidentes, los medios de los que disponen con carácter general los servicios de inteligencia españoles, revelando la naturaleza y el alcance de estos, dejando al descubierto medios, personas, y procedimientos de los que disponen estos servicios”, y ello reduciría su eficacia y pondría en riesgo al Estado.

El alto tribunal, que ya rechazó una petición similar de la Generalitat, al considerarla “genérica”, se pronuncia sobre la petición que el Govern realiza para tratar de que se amplíen los documentos desclasificados por el Consejo de Ministros del pasado 16 de enero de 2024 y que fueron remitidos al juzgado que investiga la querella presentada por el entonces todavía presidente catalán por el espionaje con Pegasus del que se declara víctima. El Supremo precisa que “en lo relativo al presente recurso lo único acreditado ha sido una interceptación de las comunicaciones legalmente acordada“.

La sentencia, de la que ha sido ponente la magistrada Pilar Teso, comienza la legitimación de la Generalitat para solicitar la desclasificación de documentos destinados a una causa penal en la que no es parte y por hechos en los que Aragonès no era aún presidente. En contra del criterio de la Abogacía del Estado, la resolución concluye que “la Administración recurrente tiene legitimación para interponer el presente recurso […]because it affects those who held a relevant public position, vice president and first advisor and president after the Generalitat, taking into account their duty to ensure the correctness of the limits within which the political action of this type of office must take place“.

“A los efectos de la legitimación activa, el desempeño del cargo y la realización de sus funciones de manera habitual, sin interferencias, ni obstrucciones que menoscaben su acción en defensa de los intereses propios de su autonomía, es algo que no puede resultar ajeno a la esfera de intereses de la Generalitat, cuando se trata de valorar su legitimación para la impugnación del acuerdo que se recurre, cuya estimación impediría su acceso a la jurisdicción”, señala la resolución.

Pero, a continuación señala que “la desclasificación no puede revestir un carácter automático o irreflexivo ante cualquier solicitud, ni siquiera en los casos en los que converge con una investigación penal iniciada”, como es el caso. De ahí que en la ponderación de derechos en cuestión, no deba ordenarse la desclasificación de más documentos de los acordados por el Consejo de Ministros y remitidos al juzgado que investiga la querella de Aragonès.

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